FABIÁN LAVADO RODRÍGUEZ ( Cronista Oficial de La Zarza)
Viernes, 7 de junio 2024, 18:21
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Declaración de los últimos testigos y del Familiar
El octavo testigo, Juan Cornelio, declaró que era cierto el juego de naipes que cita el primer testigo por estar presente en él, y la disputa entre Juan Alonso y Sebastián Cabañas por el aguardiente, habiéndose injuriado de palabra. Sobre este asunto creía, aunque no estaba seguro, que el aguardiente se sirvió en dos vasos distintos: de uno bebían todos los presentes en la partida, incluido él, del otro Juan Alonso, que ya borracho, tuvo que llevárselo Joseph Benítez. Expuso que siempre se escuchó en La Zarza que los autores de estos enfados y libelos son los ya mencionados en las declaraciones anteriores, originados por las partidas de rentoy, por una desazón que tuvieron algunos de ellos con Pedro Campos sobre una cacería que se hacía todos los años, cuyo producto se destinaba para las ánimas benditas, y por el hecho de si el ganado lanar de Pedro Campos había provocado daños o no en las sementeras de Francisco de las Quentas, quedando enfrentados por estos motivos unos y otros.
A estos incidentes, se sumaba el hecho de que el alcalde Esteban Ordaz no había querido hacerse cargo de los atrasos que tenían los regidores anteriores, Quentas y otros parientes suyos, empeñados para que consintiese en ello Pedro Campos, que al negarse radicalizó más la enemistad; sufriendo el testigo algunos desaires por la amistad que le unía a Pedro Campos. Por tanto, conjeturó que eran los culpables de los pasquines infamatorios, al igual que de las heridas inflingidas a Juan Alonso, constándole que estuvo bien malo de las heridas, que fueron posteriores a la riña que tuvo en casa de Sebastián Cabañas, y que si no llega a acudir gente lo hubieran matado. Manifestó que cinco libelos son de puño y letra del regidor Sebastián Rodríguez Cortés Cabañas y el otro del presbítero Juan Barrero Cabañas. Finalmente, ratificó que el cura se ausentó de La Zarza, temiéndose algún riesgo, y que el escribano Lucas Matheos se había ido a vivir a la villa de Alange.
María Rodríguez, mujer de Juan Matheo «el gordo», como novena testigo declaró que vio chorreando sangre de un brazo al herido Juan Alonso, lo llevó a su propia casa, adonde acudió Juana Sansón, ama del cura, y entre ambas lo trasladaron a la vivienda del sacerdote. Luego se enteró de que lo habían curado en casa de Pedro Campos, mejorando a los dos o tres días. También oyó decir que «echaron unos papeles» a Esteban Ordaz, pero no quiénes eran los autores.
El décimo, Juan Cortés Espinosa, explicó que conocía el asunto de los libelos de oídas, que observó uno puesto en las puertas de la Audiencia, viendo lo injurioso que era lo quitó y se lo dio a su suegro Juan Ximénez, y éste, a su vez, se lo entregó a Esteban Ordaz, pero que no sabía quién lo fijó en la Audiencia ni su autoría, ni conocía la letra de ninguno de los papales, sólo que algunos de ellos son de un puño y letra, y otros de otra. Le parecía que estos escritos trataban con mucho deshonor y vilipendio a las personas citadas en ellos, aunque en el pueblo se les tenía por muy honrados y buenos cristianos. Con el tiempo, llegó a saber que sus promotores fueron Francisco de las Quentas, Lucas Matheos Milanés, Juan Cortés Cabañas y los citados previamente, aunque desconocía los motivos por los que unos y otros estaban enfrentados.
El undécimo y último testigo fue Juan Ximénez Bermejo. Contestó que había entregado a Esteban Ordaz un libelo expuesto en las puertas de la Audiencia, que previamente quitó Juan Cortés Espinosa, sufriendo la ira de los libelistas. Expuso que había enfrentamientos en el pueblo, pero ignoraba los motivos. Tras reconocer los panfletos, dedujo que cinco de ellos eran de la misma persona y el sexto de otra distinta, pero que desconocía su autoría. Pese a que los autores eran dos, sospechaba que detrás de ellos había muchos más.
Al mismo tiempo, el receptor hizo que testificasen otros testigos sobre la nobleza e hidalguía de Esteban Ordaz y la limpieza de sangre de Alonso Durán. Preguntado sobre el particular, el propio Francisco Rodríguez, familiar de la Inquisición, dijo que conocía al primero como alcalde de la villa de La Zarza por el estado noble, y que en ella se le consideraba hijodalgo, pero no le constaba si era o no cristiano viejo ni menos aún su ascendencia, ya que no conocía a sus padres y abuelos ni si efectivamente era noble, pues aunque ejercía y había ejercido otros años los mismos cargos, muchos hacían pruebas de nobleza sin serlo legítimamente. En cuanto a Alonso Durán, le constaba que no era cristiano viejo ni limpio, puesto que ahorcaron a su abuelo materno cerca de la villa de Ribera por ladrón y asesino; aunque no sabía bien, ni lo había oído decir con certeza, que «tuviese raza de judío».
Tres días después, ante el mismo receptor, compareció de nuevo el Familiar diciendo que había declarado mal aconsejado por personas que no podía nombrar y que por esta causa se encontraba desasosegado, pidiendo declarar nuevamente. Ahora, afirmó que conocía a Esteban Ordaz por hijodalgo notorio de sangre y como tal era considerado en La Zarza, y que igualmente había conocido a Alonso Durán, y su familia, por cristiano viejo, limpio de «toda mala raza judía». No pudo firmar la declaración ya que el receptor no consintió que se rompiese la primera.
Prisión del Familiar de la Inquisición
Enviados los autos por el receptor a la Sala del Crimen de la Chancillería de Granada, se los devolvieron, ordenándole que prendiera al Familiar junto al embargo de sus bienes, le tomase declaración sobre las heridas que causó a Juan Alonso y lo carease con Juan Rodríguez Zama y su mujer Isabel de los Reyes.
Practicadas por el receptor las diligencias de prisión y embargo de bienes, le tomó declaración, negando todo lo que le fue preguntado, y efectuado el careo, se ratificó en su primera declaración, además de decir que no sabía nada sobre los muñidores de los libelos infamatorios. Estas nuevas diligencias se volvieron a remitir a Granada.
El familiar del Santo Oficio, Francisco Rodríguez, presentó en el Tribunal de Llerena una carta, de fecha 27 de enero de 1760, en la que manifestaba que la noche del 26 le llevaron preso a la cárcel con un par de grilletes a las 3 de la mañana, sin comunicarle la causa de su prisión. Solicitaba que el tribunal tomase la providencia correspondiente. En cuya vista y de lo expuesto por el fiscal, primero se certificó que Francisco Rodríguez era familiar de la Inquisición, posteriormente el secretario recibió la causa y justificación de la prisión, ejecutada con siete testigos, entre los cuales se hallaba el alcalde. Declararon que el receptor les pidió auxilio sin expresar la causa, los guió a casa del Familiar y, ayudado por ellos, prendió al mismo, echándole dos pares de grilletes. De esta forma fue conducido a la cárcel, vigilado por dos guardas de vista de día y cuatro de noche.
Otra vez, se remitió todo a la Sala del Crimen de la Inquisición de Granada para que ésta se inhibiese de la causa y la remitiera con el reo al Tribunal de Llerena. En auto de 5 de mayo de 1760, el tribunal libró mandamiento para que la Justicia de la villa de La Zarza entregase el Familiar a la Inquisición llerenense, y otro despacho notificando a los presentes en la causa formada al Familiar, para que en el término perentorio de seis días compareciesen a exponer sus pruebas.
Continúa el pleito
Conducido el Familiar a la cárcel del Tribunal de Llerena y notificado el despacho a Esteban Ordaz y Alonso Durán, pidieron por escrito, el 20 de mayo, se les entregasen los autos remitidos por la Sala del Crimen de Granada para poder instruir bien su querella, pues no tenían presentes las circunstancias de los libelos, ni los días determinados en que se divulgaron. En consideración, el Tribunal de Llerena mandó que se les proporcionase certificación de dichos libelos, pero no la entrega de los autos. Ordaz y Durán, al sentirse agraviados, apelaron ante la jurisdicción real el 29 del mismo mes, justificando que los autos realizados en Granada no debían obrar efecto en el Tribunal de Llerena, pero no se suspendió el seguimiento de la causa en Llerena. El fiscal, en escrito de 7 de junio, les ofreció información sumaria contra el Familiar y pidió despacho a un comisario del Santo Oficio llerenense para que, entregándole los autos, examinase a los mismos testigos que habían declarado ante el receptor leyéndoles sus anteriores testimonios, con encargo particular de que inspeccionase además a otros testigos de oficio, los más desinteresados, y se les preguntase sobre la predilección o parcialidad de los de la sumaria realizada ante el receptor.
De nuevo se interrogó a los once testigos, a excepción del cirujano Serbán López que se hallaba en Madrid, además de a otros cinco, sobre las siguientes cuestiones: ¿Si tenían noticias de ciertos libelos infamatorios publicados en La Zarza contra Ordaz, Durán y sus familias, y si sabían los lugares donde se lanzaron, cuántos fueron y su contenido?, ¿si el familiar Francisco Rodríguez había sido el autor de tales libelos o se reunió con otros para publicarlos?, ¿si el Familiar hirió a Juan Alonso Durán y qué motivos tenía para hacerlo?, ¿si el Familiar odiaba y estaba enemistado con Ordaz, Durán y sus familias, y por qué motivo? y ¿si el Familiar era altivo y vengativo, había dado que hablar en el pueblo y por qué razón se tenía ese mal concepto de él?
Estas nuevas declaraciones se comunicaron al fiscal del tribunal, quien pidió la confesión del reo, además del embargo y depósito de todos sus bienes. El familiar Rodríguez Tejar se ratificó en su primera declaración, confesando que no sabía la causa de su prisión, que no tenía enemistad con ningún vecino ni noticia de los libelos infamatorios, que no había herido a Juan Alonso, y que a los referidos Ordaz y Durán los tenía por cristianos viejos como a sus familias. Pasados 3 o 4 días de su primera confesión, lo llamó el receptor para que hiciese otra, a lo que respondió que no. En el acto del careo, dijo que eran falsas todas las reconvenciones que le hicieron Juan Rodríguez Zama y su mujer, que el receptor redactó todo lo demás contra su voluntad, y quedándose solos los dos, le obligó a firmar su declaración, resistiéndose durante más de cinco horas. Viendo que no surtía efecto, le puso una pistola en el pecho, con lo que la tuvo que firmar, pero advirtiéndole que haría ver al Santo Oficio la violencia empleada por el receptor.
El 9 de julio, comunicados los autos con la nueva confesión al fiscal, éste interpuso su acusación al Familiar y pidió se le aplicasen las penas contra él establecidas por los delitos que constaban justificados. Un mes más tarde, el Familiar se declaró inocente, pidió se le absolviese de cuanto se le imputaba, se le liberase de la prisión y se condenara a los testigos y sus cómplices, que falsamente habían declarado contra él, al pago de las costas, perjuicios y daños que le habían ocasionado, imponiéndoles las penas correspondientes por tan injusta persecución.
Nuevos interrogatorios
En septiembre, el fiscal se negó a las peticiones del reo y, vistos los autos, pidió se ratificasen los quince testigos en las declaraciones hechas a su instancia, interrogando de nuevo al cirujano Serbán López, Juan Matheo «el gordo» y su hija Josepha Isidora. El cirujano ratificó lo dicho en su declaración respecto a los libelos y la cura de las heridas de Juan Alonso. Contrariamente, Juan Matheo «el gordo», junto a su mujer e hija, contestaron que no oyeron voces ni quejidos, y que entrando Juan Alonso en la cocina donde estaban, no dijo que estuviera herido ni mostró sus heridas, por lo que no dieron crédito a lo que se rumoreó después en el pueblo.
El Familiar consiguió una nueva comprobación jurídica que probara su inocencia. Esta vez se interpeló a quince testigos vecinos en un interrogatorio de diez preguntas, que resultó en su mayoría favorable al acusado. Por auto de 29 de octubre, se publicaron las pruebas comunicándose a las partes. El fiscal, tras la petición de libertad por parte del Familiar, y como resultado del interrogatorio, no puso reparo en que se le liberase, bajo juramento de volver a la prisión siempre que se lo ordenaran.
El 20 de noviembre se admitió la querella interpuesta por Esteban Ordaz y Alonso Durán tras la liberación del Familiar y la retirada de la instancia criminal contra él seguida. Tras un periodo de alegaciones, por auto de 10 de septiembre de 1761, se mandó examinar otra vez a siete testigos: Juan de Dios Buenavida, escribano de La Zarza, y los vecinos Francisco Jiménez Carrasco, Isabel de los Reyes, Rodrigo de Fuentes, Serbán López de Bargas, Juan Rodríguez Zama y Francisco Peñato, que fueron inquiridos sobre las juntas secretas del Familiar y sus secuaces, los escritos humillantes, el ataque a Juan Alonso y las declaraciones contradictorias del acusado sobre la limpieza de sangre e hidalguía de los querellantes.
El 5 de mayo de 1762, Ordaz y Durán presentaron estas declaraciones con la pretensión de que se encarcelase nuevamente al Familiar y se les entregasen los autos recogidos en el procedimiento judicial. El fiscal se opuso a estas peticiones, recurriendo los demandantes al Tribunal que, cumpliendo los trámites, lo comunicó al acusado, el cual solicitó que no se admitieran las últimas declaraciones y sus probanzas se separasen del proceso. Los querellantes realizaron otras dos peticiones de cárcel, y traídos los autos originales, las partes introdujeron sus pretensiones. El proceso se hallaba concluido legítimamente para definitiva.
No sabemos el resultado final de tan largo pleito, pero sí nos ha permitido comprender un poco mejor cómo era la sociedad de La Zarza en la 2ª mitad del siglo XVIII: sus costumbres, problemas y modos de actuar.
Fabián Lavado Rodríguez (Cronista Oficial de La Zarza)
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