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alfonso espinosa ruiz
Domingo, 19 de diciembre 2021, 23:36
«Marinerito delgado, /Luis Gonzaga de la mar, /¡qué fresco era tu pescado, / acabado de pescar!» Así comienza la 'Elegía del Niño Marinero' de Rafael Alberti.
Retrocediendo en el tiempo al último cuarto del siglo XIX, unos ciento cincuenta años atrás, y hasta donde tenemos noticias, encontramos en La Zarza un oficio ya desaparecido y totalmente desconocido: la pesca fluvial.
Contamos con datos, orales en su mayoría, de que Alonso Martínez, su esposa Catalina Soto y sus siete hijos: Tomasa, Félix, Francisco, Eulalia, Martina, Josefa y Juan Martínez Soto se ganaron la vida con la captura y venta de peces del Guadiana.
Una barcaza de madera en la orilla del río, redes, trasmallos, atarrayas o garlitos, procedentes de la vivienda número 34 de la calle Pajares (actual Reyes Huertas), podían verse tendidos al sol sobre las hierbas que entonces poblaban el lejío de 'los pescaores', como es conocido popularmente.
Y como si de cualquier pueblo marinero se tratara, era habitual encontrar a las mujeres de dicha familia tejiendo y reparando los artilugios maltrechos, sentadas al sol en sillas bajas de bayón; cañas de pescar de bambú, anzuelos, cestas de mimbre, agujas, corchos, trozos de plomo, boyas, hilos y cuerdas constituían sus herramientas y materia prima.
El empleo de uno u otro aparejo de los mencionados dependía de la zona de pesca en el río, como chorreras (zonas de poca profundidad y corriente rápida), tablas (zonas del río profundas entre dos corrientes) o jancones (zonas del río sin corriente); y de la especie y tamaño a capturar, además de requerir cierta destreza y conocimiento del río, adquiridos por legado familiar y la propia experiencia.
Las especies capturadas y comercializadas estaban formadas, principalmente, por machos (barbos), bogas del Guadiana (especie endémica de nuestro río), bordallos, carpas, sábalos, pardillas o colmillejas.
De estos peces resultaban unos guisos exquisitos y muy apreciados. Como ejemplos de esas elaboraciones podemos destacar las dos siguientes, facilitadas por Pepa Martínez Soto, tercera hija de Alonso y Catalina, y nacida en 1914.
- Bogas asadas al 'jilimonje' (ajilimoje): Una vez asadas las bogas, se bañaban en un «jilimonje» de agua, aceite, vinagre, sal y cebollas picadas.
- Ajo de peces: Ponemos agua a cocer con tomate, pimiento, laurel, cebolla y sal. Una vez que ha cocido un poco se le añade miga de pan, aceite, ajo, pimentón y sal, previamente machados en un mortero. También es el momento de agregar el pescado, que puede ser de cualquier tipo, incluso mezclados, bien entero o troceado.
Las estrechas relaciones sociales y familiares de entonces, el oficio común, así como 'el roce', ya que todos los hijos de Alonso y Catalina, así como los hijos de aquéllos, se criaron, se establecieron y desarrollaron su oficio en la misma calle, forjaron tales sentimientos de cariño entre estos primos hermanos, que se mantiene a día de hoy entre los bisnietos y tataranietos de Alonso y Catalina.
Personalmente he sido testigo de ese cariño y pasión por parte de mi madre, Pepa Ruiz Martínez, hacia todos sus primos hermanos, ´los Pescaores'.
Algunos de los descendientes de Alonso y Catalina han continuado con la tradición, si bien de forma más esporádica y ocasional, como complemento a otros trabajos y/o para consumo propio, poseyendo en su mayoría conocimientos del antiguo oficio de sus padres y abuelos.
Habría que añadir que, tanto en La Ley de Aguas de 1866 como en la de 1878, se dispone que la pesca fluvial es libre. Ya en Ley de 20 de febrero de 1942, se establece el concepto jurídico de la pesca, de manera que:
«Los peces y demás seres que habitan temporal o permanentemente en masas de agua de dominio público carecen de dueño; son bienes apropiables por su naturaleza, y como tales se adquieren por la ocupación, siempre que ésta se ajuste a los preceptos de la presente Ley». Asimismo, regula las dimensiones de las capturas, los frezaderos (lugares de desove), las vedas por épocas, especies y lugares.
También se prohíbe tener, transportar, comerciar o consumir los productos de la pesca vedada, que se considerarán fraudulentos; el uso de dinamita, de sustancias venenosas, etc.; se regulan los sindicatos de pescadores profesionales. Igualmente establece que las licencias de pesca deben llevar una foto y, quien no sepa firmar, lo hará con la huella dactilar del dedo índice de la mano derecha.
Respecto a las sanciones por incumplimientos de la Ley, se establecen multas de entre 10 a 2.500 pesetas, según la gravedad de la infracción.
Por desgracia, esos pescados perdieron todo el interés debido a la canalización de las aguas residuales hacia el río, lo que originó la contaminación de las aguas y, por ende, de toda la fauna y flora acuáticas.
Del mismo modo, la introducción de especies invasoras en el río se saldó con una enorme merma de los peces autóctonos ya que aquéllos se alimentan de todo tipo de huevos y alevines.
A todo ello se unió la emigración de gran parte de la población hacia las ciudades industriales, atraída por las mejores condiciones de vida que ofrecían.
Alfonso Espinosa Ruiz
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