

FABIÁN LAVADO RODRÍGUEZ
Sábado, 27 de mayo 2017, 06:33
Durante los siglos XVIII y XIX la muerte era un elemento presente en todos los órdenes de la vida. La relación con ella era distinta, así como su forma de percibirla, sus ritos y por supuesto, la forma de redactar los testamentos, los cuales se nos muestran como un gran banco de datos con información sobre las mentalidades de finales del siglo XVIII y XIX.
Siguiendo a López Caballero, la muerte está muy relacionada con las ideas cristianas, conceptos que irán siempre unidos. A lo largo de la historia la idea de la muerte va evolucionando. Así, en el siglo XVIII adquiere un sentido más trágico: el hombre busca refugio en la religión, se prepara para el buen morir y alcanzar la gloria eterna, donde los sacramentos y el testamento irrumpen con fuerza. La Iglesia ayudaba a la preparación de la muerte, monopolizando todo el ritual y haciéndose imprescindible para el cristiano.
Por el testamento, con un componente religioso muy fuerte, el testador manifestaba su fe, reconocía sus pecados y reparaba las faltas cometidas; se entregaba el cuerpo a la tierra, los bienes a los herederos, la limosna a los pobres y el alma a Dios. En los testamentos aparecían cláusulas de dos tipos: declaratorias (introducción, confesión de la fe, encomendar el alma, ceremonia de sepultura, invocación a distintos intercesores y sufragios) y decisorias (elección de sepultura, albaceas, testigos y declaración de herederos). En la introducción aparece el nombre del testador, vecindad y estado físico en el que se encontraba. En la confesión de fe se repetían una serie de fórmulas a lo largo del tiempo como la invocación a Dios, Santísima Trinidad, Virgen y la Santa Madre Iglesia. Posteriormente, se aceptaba el misterio de la Santísima Trinidad, la seguridad de la muerte, la salvación del alma y la intercesión de los santos. El fiel manifestaba cómo quería ser enterrado y elegía tanto la elección de la sepultura como el lugar de enterramiento, convirtiéndose este en un elemento diferenciador de la clase social a la que se pertenecía.
En cuanto a las misas solicitadas por el difunto para garantizar su salvación, destacaban las misas de una vez (para que se digan cuanto antes, como las misas por penitencias mal cumplidas, por familiares, devocionales o votivas a Cristos, Vírgenes o santos) y las perpetuas o postmortem (que se celebraban después de la muerte, durante el tiempo que dispusiera el difunto y su capacidad económica). También se elegía el número de sacerdotes o diáconos, si deseaba enterrarse con algún hábito religioso, así como la presencia de pobres como intercesores ante Dios, dándoles limosnas o solicitando su presencia en el cortejo fúnebre.
Por último, el testador elegía los albaceas o personas encargadas de cumplir sus últimas voluntades y custodiar sus bienes, que normalmente eran su cónyuge, hijos, familiares o amigos íntimos; y los testigos, que solían ser personas de confianza o familiares que validaban la autenticidad del testamento. Se hacía la declaración de herederos donde se establecía el total del patrimonio y su distribución entre los sucesores.
El testamento evoluciona desde finales del siglo XVIII hasta mediados del XIX, donde el apartado religioso va teniendo cada vez menos peso, se reducen o simplifican las cláusulas piadosas que responden más a fórmulas notariales que a sentimientos religiosos y va ganando mayor importancia el apartado económico. Todo esto lo veremos reflejado en los tres ejemplos de testamentos elegidos de 1799, 1813 y 1854.
Testamento de D. Juan Cortés Espinosa de los Monteros (1799)
En el nombre de Dios Amén: sépase por esta pública escritura de mi testamento, última y postrera voluntad, como yo Juan Cortés Espinosa de los Monteros, hijo legítimo de Agustín Espinosa y María Cortés, ya difuntos y naturales que fueron de esta villa; estando enfermo en cama de la enfermedad que ha sido su Magestad servido darme y en mi entero juicio, memoria y voluntad; creyendo como creo en el Alto Misterio de la Santísima Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero y en todos los demás misterios que tiene, cree y confiesa Nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica y Romana, bajo una fe y creencia he vivido y protesto [confesar públicamente la fe y creencia que uno profesa] vivir y morir como católico y fiel cristiano y temiendo a la muerte como cosa natural a toda criatura, pongo por mi intercesora y abogada a la Reina de los Ángeles María Santísima Madre de Dios y Señora Nuestra y a todos los demás santos y santas de la corte celestial para que intercedan con su preciosísimo Hijo, salve mi alma y la lleve al eterno descanso donde están los bienaventurados; bajo cuya confianza ordeno mi testamento:
Primeramente mando y encomiendo mi alma a Dios Nuestro Señor que la crió y redimió con el inestimable precio de su Purísima Sangre, Pasión y Muerte, y el cuerpo mandó a la tierra de que fue formado. Y es mi voluntad que cuando su Divina Magestad sea servido de sacarme de esta presente vida para la eterna, mi cuerpo sea sepultado en la parroquia de esta villa [iglesia de San Martín] y sepultura que elija mi mujer María Gómez. También es mi voluntad se me haga un entierro doble de nueve lecciones con misa cantada de cuerpo presente con diáconos si fuese hora, y sino al siguiente día, y otra igual al cabo del año; celebrándose a los tres días siguientes al de mi fallecimiento misa cantada, y de igual forma, otra el sábado siguiente al de mi fallecimiento. Asimismo es mi voluntad se celebren por mi ánima o intercesión 200 misas rezadas. Al Santísimo Ángel de mi Guarda y santo de mi nombre dos [misas], por el ánima de mi padre y madre cuatro, por los padres de mi mujer otras cuatro, a Nuestra Señora de la Soledad tres, a la Pura y Limpia Concepción dos, a Nuestra Señora de las Nieves una, al Santísimo Cristo de la Soledad dos, a las Ánimas Benditas del Purgatorio dos, por penitencias mal cumplidas y cargos de conciencia diez, por todas las cuales quiero se pague la limosna acostumbrada. A Nuestra Señora de Guadalupe una misa y al Santísimo Cristo de Zalamea otra, que no se hagan hasta que llegue el tiempo de su festividad. A la Casa Santa de Jerusalén y redención de cautivos la limosna acostumbrada y es mi voluntad imponer una misa de tabla cantada con vigilia y señal, pagada sobre el cortinal que llaman de Cavahorrano, que se celebraría el día 15 de agosto de cada año, en caso que no se pueda en dicho día o el siguiente pueda reducirse su importe en misas rezadas de a cuatro reales, cuya limosna será de 22 reales de vellón, 15 para el cura y 7 para los sacristanes, cuyo cumplimiento queda al cargo de mi hija Teresa. Bajo las condiciones anteriores, impongo otra misa cantada sobre el cortinal de Micaela, la cual se celebraría el mismo día del santo San Juan de cada año, cuyo cumplimiento queda al cuidado de mi hijo Juan. También quiero que a mis cuatro nietos llamados Dª María, D. Juan, D. Francisco y Dª Josefa de las Cuentas dejarles a cada uno una yegua, y si mi hija política Dª Agutina, mujer de mi hijo Antonio, saliese a la luz el embarazo en que se encuentra, se le de otra yegua como a los demás nietos. Es mi voluntad que el día de mi fallecimiento se le haya de dar a todas las viudas y huérfanos de este pueblo una cuartilla de trigo, cuya limosna ha de quedar al cuidado de mi hijo Antonio. Asimismo es mi voluntad que mientras viva mi mujer María Gómez se mantenga todo el caudal unido y a su cuidado, sin proceder a partición alguna. Declaro estoy casado en primeras nupcias con María Gómez de cuyo matrimonio tenemos por nuestros hijos legítimos Dª Teresa, Antonio y Juan Cortés Espinosa de los Monteros. Nombro por mis albaceas testamentarios y cumplidores de mi testamento a mis dos hijos y a mi yerno D. Lucas de las Cuentas, a quienes doy poder y facultad para que luego que yo fallezca, cumplan cuanto dejo dispuesto. Y cumplido que sea mi testamento y postrimera voluntad, todos mis bienes y acciones nombro por mis únicos y universales herederos de todos ellos a mis referidos tres hijos para que los partan como buenos hermanos y disfruten con la bendición de Dios y la mía, y les pido me encomienden a Dios.
Testamento de Catalina Rodríguez Barrero (1813)
En el nombre de Dios Padre Amén. Sépase como yo Catalina Rodríguez, natural y vecina de la Zarza junto Alange, hija legítima y del legítimo matrimonio de Bartolomé Rodríguez y de María Barrero su mujer, de esta vecindad. (Se repite el mismo formulismo que el anterior sobre la enfermedad, el sano juicio, la Santísima Trinidad, misterios de la Santa Madre Iglesia Católica e intercesión de la Virgen ante su Hijo). Otorgo mi testamento: primeramente encomiendo mi ánima a Dios, bien que la crió y redimió con su preciosísima sangre y el cuerpo mande que sea sepultado en esta parroquia de San Martín, en la sepultura donde fue enterrado mi marido si estuviese desocupada y sino donde señalen mis albaceas. Mando que cuando Dios servido de llevarme para si, el día de mi entierro se diga misa cantada con diáconos y vigilia de tres lecciones si fuese hora y sino al siguiente día, y el propio oficio se haga al cabo de un año, siendo mi entierro ordinario a estilo de los demás de esta villa. También mando al Santísimo Ángel de mi Guarda, santo de mi nombre y al Espíritu Santo, a cada uno una misa rezada y otra por penitencias mal cumplidas, por cada una se dé de mis bienes la limosna de 4 reales de vellón. Otra a la Virgen de las Nieves rezada, por el ánima de mi marido se digan dos misas, por mi padre dos y por mi madre dos, todas rezadas y que se paguen por cada una 4 reales; por mi ánima 50 misas y que la limosna de estas sea según costumbre en dicha villa, y una votiva a San Martín. Mando a la Casa Santa de Jerusalén la limosna de costumbre, que se pague inmediatamente que yo fallezca y que el día de mi entierro se reparta pan a los pobres.
Declaro estaba casada en primeras nupcias con Martín Pérez Milanés, ya difunto de cuyo matrimonio no me ha quedado hijo alguno. Declaro no deber a nadie nada, ni a mi me deben. Nombro por mi universal heredero de todos mi bienes a Alonso Barrero, mi sobrino, para que los herede con la bendición de Dios y la mía.
Testamento de Dª Ana María Rodríguez y Barrero (1854)
En el nombre de Dios Todopoderoso Amén. Sepan cuantos esta carta de testamento última y postrera voluntad vieren, como yo Dª Ana Mª Rodríguez y Barrero, natural y vecina de esta villa, hija legítima de Juan y de Inés Barrero, ésta ya difunta, (se vuelven a repetir las mismas fórmulas que los anteriores sobre la enfermedad, el sano juicio, la Santísima Trinidad, misterios de la Santa Madre Iglesia Católica e intercesión de la Virgen ante su Hijo) pongo mi alma en carrera de salvación y otorgo, mi testamento: primeramente encomiendo mi alma a Dios que la crió y redimió con el infinito precio de su sangre, pasión y muerte, y mandó el cuerpo a la tierra, el cual hecho cadáver, es mi voluntad sea sepultado en el camposanto de La Zarza y sepultura que eligieren mis albaceas. Es mi voluntad que si la Divina Iglesia me llevara de esta vida a la eterna, se me haga un entierro ordinario con misa de cuerpo presente y otra al cabo de un año, que por mi alma y su atención se celebren 17 misas rezadas, pagándose de limosna lo que sea de costumbre, asimismo otras tres aplicadas al Santo Ángel de la Guarda, santo de mi nombre y por penitencias mal cumplidas y algún cargo de conciencia.
Nombro por mis albaceas testamentarios al Cura Párroco de esta villa D. Pedro Ydrovo de Castañeda y a Fernando Delgado vecino de ella, para que por mi fallecimiento entren en mis bienes y después de cumplir la parte piadosa, los inventaríen, justiprecien, partan y dividan entre mis hijos herederos. Declaro me hallo casada en primeras nupcias y en la forma de la Iglesia con mi actual marido D. Francisco Carrasco y Barrero, mi primo hermano, en cuyo matrimonio hemos tenido ocho hijos de los que ha fallecido uno en edad pupilar, viviendo actualmente los siete restantes todos solteros y menores de edad que son Juan, Vicente, Josefa Rosalía, Isabel María, Agustina, José María y Antonio Carrasco y Rodríguez, a los que nombro únicos y universales herederos.
Fabián Lavado Rodríguez (Cronista Oficial de la Zarza)
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