Fabián Lavado Rodríguez (Cronista oficial de La Zarza)
Domingo, 11 de junio 2023, 10:47
El lobo (canis lupus), considerado como animal dañino, fue perseguido en el pasado por las graves pérdidas que ocasionaba entre la ganadería y la caza, certificando su desaparición en amplias zonas de la Península Ibérica.
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Desde tiempos pretéritos, el lobo formó parte del acervo cultural del hombre, que ha convivido con él por medio de la tradición oral y escrita, plasmada en leyendas y mitos la primera, y cuentos y fábulas la segunda.
Macías Cárdenas hace un repaso por toda esta tradición desde la Antigüedad hasta el siglo XIX. Desde la época clásica hasta el Medievo, el lobo, asociado a dioses como Marte o héroes como Rómulo y Remo amamantados por una loba, fue tenido por un animal salvaje, voraz, traicionero, pero al mismo tiempo era respetado como hábil cazador. La Edad Media heredó esa visión simbólica y moralista clásica. Fue a finales de este periodo cuando comenzó la obsesión por el cánido y se impuso la visión del mismo como un animal temible y peligroso para el hombre. En la Edad Moderna, F. de Valdecebro y J. Cortés definen al lobo como enemigo, ladrón, mujer, voraz y carnicero, y fraudulento, engañoso, atrevido y tragón, respectivamente. Se percibe la imagen y el pensamiento desfavorable que se tenía sobre la figura del lobo, que persistirá hasta hoy. En el siglo XVIII, el conde de Buffon, en su magna obra «Historia Natural», hace una explicación anatómica del lobo, pero sin abandonar su imagen de enemigo de la sociedad. También en España aparecen reflejadas esa fobia y miedo hacia el lobo, potenciando su caza por parte del pueblo mediante gratificaciones, ya que para los nobles no era un trofeo importante como podía serlo el ciervo o el jabalí. Igualmente ocurre con la prensa, entre la que destacó el «Semanario de Agricultura y Artes dirigido a Párrocos» donde las noticias sobre lobos y su forma de cazarlos eran frecuentes. Ya en el siglo XIX, el «Tratado de la caza de lobos y zorras» (1829), además de describir anatómicamente al lobo y sus costumbres, nos introduce en la forma de capturarlos mediante trampas, cepos y venenos.
A la par que se desarrollaba toda esta literatura, surgió un «corpus» legislativo, auspiciado por los poderes públicos, encaminado al exterminio del lobo. A comienzos del siglo XVI, el Concejo de Mesta, que agrupaba a los ganaderos dedicados a la trashumancia, elevó sus quejas a las Cortes de Castilla para defender sus ganados de los ataques de los lobos, aunque ya muchos municipios dictaban normas con el mismo fin. A pesar de «la prohibición de cazar con tiro de pólvora y con yerba de ballestero» (planta muy tóxica y de olor muy desagradable, cuyo jugo usaban los ballesteros en la Edad Media para envenenar las flechas, luego usada también en la caza) dictada por Carlos V en 1527, las protestas de los ganaderos hicieron que el emperador concediese por ley en 1542 «…que los señores de ganado y otras personas han recibido mucho daño por causa de los muchos lobos que hay en estos nuestros Reynos; y porque esto cese, nos fue suplicado, que mandásemos dar licencia a todas las ciudades, villas y lugares destos nuestros Reynos, para que puedan dar orden como se maten los dichos lobos, aunque sea con yerba, y puedan señalar el premio por cada cabeza de lobo, o por cada cama dellos que les traxeren, y puedan hacer sobre ellos las ordenanzas que convinieren para la execucion dello…». A su vez, la pragmática de marzo de 1552 expresaba la prohibición de utilizar lazos y otros instrumentos para cazar, que entraba en contradicción con la anterior, obstaculizando la caza con muchas disposiciones.
El decreto de Felipe III de 1617 derogaba las órdenes de 1552 y 1611, esta última prohibía el uso de arcabuz, escopeta o cualquier tiro de pólvora, provocando la introducción de «nuevos modos de caza con lazos y armadijos y otros géneros de instrumentos secretos y sin ruido con que se causa mayor daño a la caza» y el aumento de animales nocivos «los quales hacen muy grandes daños en los ganados», por lo tanto, se autorizaba de nuevo la venta y uso de armas para la caza, excepto en tiempos de veda, y se prohíbe «cazar con cualquier género de lazos o armadijos…o con perdigones o reclamos, o bueyes o perros nocharniegos…y que la pena a los que así cazaren sea de doce mil maravedís y dos años de destierro…».
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Con Carlos III se incrementó la persecución del lobo, así por Real Cédula de 3 de marzo de 1769 se promueve «que las Justicias del Reyno providencien la montería o cazería de Lobos, Zorros, Osos y otras fieras dañinas en los Montes, quando la necesidad lo pida». La Real Cédula de 27 de enero de 1788 disponía que se celebrasen dos batidas o monterías anuales para el exterminio del lobo y otros animales nocivos: una en enero y otra desde mediados de septiembre hasta finales de octubre, que el coste de las batidas fuera sufragado por los ganaderos trashumantes y por los bienes de propios en el caso de los ganaderos locales, y que se concediese una gratificación o premio por cada animal abatido: 4 ducados (44 reales) por cada lobo, 8 ducados (88 r.) por cada loba o 12 ducados (132 r.) si fuese cogida en camada, 2 ducados (22 r.) por cada lobezno, 10 reales por cada zorro o zorra y 4 reales por cada una de sus crías. Los premios serían abonados previa entrega a las «Justicias» de la piel, cabeza y manos de las alimañas para evitar fraudes y engaños presentando las mismas en distintas poblaciones.
Esta cédula tuvo poco recorrido, pues el 3 de febrero de 1795, el monarca Carlos IV dictó una nueva orden que prohibía las batidas por el abuso que se hacía de ellas, que servían sólo para diversión y en las que se empleaban considerables sumas de caudales públicos. Además, dispuso que los premios pagados por la captura del lobo se doblasen con respecto a la ley anterior: 88 reales por cada lobo, 176 r. por cada loba o 264 r. si fuese cogida en camada, 44 r. por cada lobezno, 20 r. por cada zorro o zorra y 8 r. por cada una de sus crías, cuyo abono se sufragaría, desde ese momento, a cargo de las arcas municipales con la debida justificación en las cuentas.
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En 1813, las Cortes de Cádiz aprobaron una resolución que mantenía los mismos premios que la cédula de 1795, permitiendo que las Diputaciones provinciales aumentaran las recompensas en caso necesario por daños a personas o ganados. En 1825 se volvieron a permitir las batidas populares debido al incremento de lobos, matándose 245 ejemplares en 1829 y 386 al año siguiente en la provincia de Badajoz.
El 4 de junio de 1829 se aprueba la Real Orden que impuso y reglamentó el empleo de la nuez vómica (también llamada almendrilla, higuillos loberos, matacán o haba de San Ignacio) por parte de las autoridades locales para el exterminio de lobos y zorros, cuyo principio activo principal es la estricnina. Todo cambió en la segunda mitad del XIX con el uso de la estricnina, en sentido estricto, sobre todo a partir de 1861 cuando la Asociación General de Ganaderos instó al Gobierno a tomar medidas contra los lobos. De esta forma, el uso de la estricnina por parte de los ayuntamientos y las sociedades de cazadores redujo muy considerablemente la población del lobo en Extremadura.
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Con respecto a La Zarza, conocemos el número de lobos cazados gracias a los «Expedientes de examen, liquidación y reparos de cuentas de propios y arbitrios de Zarza de Alange» relativos a los años 1815, 1816, 1829, 1830, 1831 y 1832, de entre los pocos expedientes que se conservan y que aportan información de este tipo. Gracias a esta documentación sabemos el nombre del cazador o lobero, el paraje donde fue cazado el animal, el número de piezas cazadas, el día y las cantidades entregadas en premios, ignorando el método de captura o muerte.
En 1815, Clemente Zama, depositario de la Junta de Propios y Arbitrios de la villa de Zarza junto Alange (institución a través de la cual los ayuntamientos gestionaban los ingresos y gastos municipales), pagó de los caudales públicos a su cargo 88 reales a Félix Ginestal por la muerte de un lobo en el sitio de la Peña Blanca, tras firmar el recibo con fecha 15 de noviembre, según certificó el escribano del ayuntamiento Juan Francisco Lobato Figueroa.
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En 1816, el depositario de Propios, Francisco Romero, abonó 60 reales tras la firma de los recibos por parte de los cazadores, todos vecinos de la villa, premios de 3 zorros que se mataron en el término municipal de Zarza de Alange: 20 reales a Francisco de las Quentas por un zorro que mató en el sitio de Los Cerrajones, pagados el 24 de abril; 20 reales a Sebastián Arébalo por una zorra, abonados el 3 de mayo, y 20 reales a Juan Victorino Reyes por una zorra que capturó, cobrados el 8 de octubre. Dio fe de estos pagos el escribano municipal Juan Francisco Lobato Figueroa. Estas recompensas se suspendieron un año más tarde por el organismo provincial encargado de revisar las cuentas de La Zarza hasta que se acreditase el número de animales muertos en el término municipal, y el corte de orejas y mano derecha como estaba estipulado por ley.
- Fig. 2: Sierra de Peñas Blancas en La Zarza (Foto F. Lavado)
En 1829, José Delgado, vecino de La Zarza, era el depositario o mayordomo de la Junta de Propios y Arbitrios que realizaba los pagos, autorizados y registrados por el escribano Francisco Gutiérrez Mateos, según constaba en el libro de premiados por la muerte de lobos y zorras. Ese año se gratificaron dos premios: 88 reales satisfechos a Francisco Trinidad, vecino de la villa, el 20 de junio, por la muerte de un lobo que se verificó en la sierra de la Peña Blanca, cuya cabeza presentó, y 176 reales pagados el 16 de julio al vecino Francisco Seguro por la captura de una loba en el sitio del Encinar, presentando su cabeza con toda la piel.
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Durante 1830, el depositario de la Junta de Propios y Arbitrios, Pedro M.ª Pérez, realizó tres pagos, certificados previamente por el escribano Francisco Gutiérrez Mateos, dando fe que en el libro de premiados por muerte de lobos y zorras figuraban estas capturas. Primeramente, se pagaron 176 reales por la caza de dos lobos: 88 reales al vecino Francisco Rodríguez por cazar un lobo en la sierra de Juan Bueno, que presentó en el ayuntamiento, y otros 88 reales al también vecino Sebastián Moreno por la muerte de un lobo en la sierra de la Peña Blanca, igualmente entregado al concejo. En segundo lugar, se abonaron 176 reales a Sebastián Cerrato, vecino de la villa, por la muerte de una loba que ejecutó en el sitio de Las Rozas, que mostró a la corporación.
De los datos conocidos, 1831 fue el año en el que más premios se abonaron. El vecino Alejandro Romero Gómez fue el depositario de la Junta de Propios y Francisco Gutiérrez Mateos el escribano por Su Majestad de lo Público, Juzgado y Ayuntamiento de Zarza junto Alange. Se efectuó un primer pago de 32 reales a Vicente Domínguez, ciudadano de Badajoz, por una libra de nuez vómica, incluido su transporte, que le correspondía a La Zarza de orden superior para la extinción de animales nocivos. Vicente Domínguez fue encargado por el Intendente Subdelegado de Propios y Arbitrios de la Provincia -Extremadura- de la distribución de la libra de nuez vómica a cada uno de los pueblos, en conformidad a lo dispuesto por Fernando VII en la Real Orden de 4 de junio de 1829. Es el único dato que conocemos sobre el uso de venenos para la extinción de «animales nocivos».
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En cuanto a los pagos por la caza de lobos, fueron los siguientes: 352 reales por el premio de la muerte de 2 lobas en el término municipal: 176 reales a Francisco Trinidad, vecino de la villa, por matar una loba en la sierra de Peña Blanca, y 176 reales a Alexandro Romero, también vecino, tras cazar una loba en el lugar del Valle de la Osa, cuyas cantidades les fueron abonadas el 16 de abril y 12 de agosto respectivamente, tras presentar los animales a la Junta de Propios y cortarles las orejas, según consta en el libro de premiados. Y otros 352 reales, recompensa por la muerte de 4 lobos ejecutados en el término local por vecinos del municipio: 88 reales a José Gavete por matar un lobo en el sitio de Los Cerrajones el 16 de junio, 88 reales a Diego Espinosa por cazar un lobo en el sitio del Risquillo el 27 de junio, 88 reales a José Rodríguez por ejecutar un lobo en la sierra de Juan Bueno el 25 de agosto, y 88 reales a Alonso Trinidad por la muerte de un lobo en el sitio de Majadas Viejas el 18 de septiembre. Todos cobraron tras firmar los recibos y presentar a la Junta de Propios los lobos para verificar su captura y cortarles las orejas, así quedó registrado una vez más en el libro de premiados.
Por último, en 1832, Alejandro Romero Gómez, mayordomo de Propios, ejecutó los siguientes pagos a distintos vecinos: 176 reales, premio por la muerte de 2 lobos: 88 reales a Juan Pérez por cazar un lobo en la sierra de Peña Blanca y 88 reales a Juan León por la muerte de un lobo en la sierra de Juan Bueno. El escribano Francisco Gutiérrez Mateos certificó que en el libro de premiados por muertes de lobos y zorras constan estos pagos con fecha 2 de julio y 14 de septiembre. Y 352 reales por el premio de la muerte de 2 lobas: 176 reales a José Espinosa, por cazar una loba que ejecutó en el sitio del Pilón y 176 reales a Benito Rodríguez, por la muerte de una loba en Valdecolmenas. Igualmente el secretario legitimó dichas capturas en el libro de premiados con fecha 19 de mayo y 3 de agosto, tras su presentación a la Junta de Propios y habérseles cortado las orejas a las lobas para poder cobrar los recibos.
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Por Real Decreto de 3 de mayo de 1834 se aprueba la libre caza de animales dañinos, entre ellos el lobo, prohibiendo el uso de cepos y trampas, así como las batidas comunales. Los premios ascienden a 40 reales por cada lobo muerto, 60 r. por loba, 80 r. si está preñada y 20 r. por lobezno, la mitad respectivamente si se trata de zorro, zorra o zorrillo. Los recibos firmados por los cazadores, junto con las orejas y colas de los lobos y zorras, se presentarán a las autoridades provinciales por parte de los ayuntamientos para justificar en sus cuentas el abono de los premios.
Entre los años 1855 y 1859, la provincia de Badajoz lideraba la clasificación de lobos cazados con un total de 1321 ejemplares, a los que acompañaban 3776 zorros.
La ley de Caza de 1879 restauró las batidas por parte de los municipios, previa autorización del gobernador civil de la provincia. Al mismo tiempo, la Asociación General de Ganaderos, organismo que vino a sustituir a la desaparecida Mesta en 1854, proponía que siguiese el exterminio del lobo, que los ayuntamientos destinasen de sus presupuestos unas partidas para premiar a los cazadores y se utilizase la estricnina como método de envenenamiento.
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El siglo XX supone la etapa histórica más devastadora para el lobo en España, desapareciendo de muchos lugares. La Real Orden de 3 de julio de 1903 premiaba la caza del lobo con distintas cantidades: 20 pesetas por loba, 15 pts. por lobo y 7,5 pts. por lobezno, previa entrega de los rabos y orejas que se grapaban al recibo de pago. Si el presupuesto municipal no contaba con una cantidad destinada a recompensas, el gobernador civil no aprobaba los presupuestos de los ayuntamientos.
En 1953, por decreto de 11 de agosto, conocido como «Ley de Alimañas», se crearon las juntas de extinción de animales dañinos a nivel provincial y los planes contra este tipo de animales. Los nuevos premios ascendían a 800 pesetas por loba, 500 pts. por lobo y 200 pts. por lobezno. Al amparo de esta legislación, el 5 de enero de 1965 fue cazado el último lobo en La Zarza, según recoge Palomo Molano en sendos artículos publicados en HOY La Zarza. La mañana del día 5, Pedro Trinidad Gil notó que faltaba un chivo en el corral que tenía en la umbría de la sierra de Peñas Blancas. Pedro recordaba que su padre había cazado, tiempos atrás, hasta 11 lobos en estos parajes. Esa tarde se organizó una batida en busca de los lobos causantes del daño. La podenca de Manuel Moreno Flores levantó a dos lobos en el Cancho del Buitre, heridos por los disparos de Pedro. Poco después, Manuel abatió a la loba, consiguiendo escapar el macho herido, que apareció muerto meses después. Al día siguiente, 6 de enero, la loba fue exhibida a lomos de un burro por las calles de La Zarza y Villagonzalo, mientras se solicitaba alguna gratificación para los cazadores. El día 7, se dirigieron a la Cámara Agraria de La Oliva, donde recibieron 500 pesetas de premio, previa presentación del animal al que cortaron las dos orejas. Su piel todavía se conserva hoy día.
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La extinción del lobo avanzaba de forma paulatina, hasta que en la década de los 70 se toma conciencia de que había que proteger a los animales en peligro, entre ellos al lobo. Diversas leyes fueron apareciendo en este sentido: en 1970, la Ley de Caza eliminó los premios económicos e introdujo el término de especie protegida, la Ley de 27 de marzo de 1989 crea el Catálogo Nacional de Especies Protegidas, pero no fue hasta la Orden Ministerial de 20 de septiembre de 2021 cuando se incluyó al lobo ibérico en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial.
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