
JOSÉ MARÍA PÉREZ
Martes, 12 de marzo 2024, 17:20
El Diario Oficial de Extremadura ha publicado en el día de hoy la Resolución de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil sobre la ampliación del horario de cierre de los establecimientos públicos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con motivos de las fiestas de Semana Santa.
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La Resolución indica que «las fiestas de Semana Santa se consideran tradicionales y de interés cultural y turístico en muchas localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Io que supone una mayor afluencia de vecinos y visitantes a nuestras poblaciones. Por ello, se entiende la conveniencia de prolongar los horarios autorizados para permanecer abiertos los establecimientos públicos».
La prórroga de dos horas del horario de cierre afecta a las madrugadas que transcurren entre los días que van del 28 al 31 de marzo, ambos inclusive. Todo ello teniendo como referencia la autorización particular del establecimiento, y la Orden de 16 de septiembre de 1996, que establece los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos y actividades recreativas.
Y tal como se recoge en otras ocasiones, la misma resolución aclara que estas autorizaciones no generan ni reconocen derechos para el futuro, sin perjuicio de limitaciones impuestas por la normativa existente en materia de contaminación ambiental y acústica. Además, están limitadas al interior de los locales, por lo que quedan excluidas las terrazas que seguirán operando en el mismo régimen horario del resto del año.
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